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La Ley de los "riders". Conflicto y polémica. Teresa Ezquerra

"Los repartidores de las plataformas digitales deberán ser, por defecto, asalariados. Ese es el acuerdo alcanzado entre los agentes sociales (CEOE, CCOO y UGT) y el Ministerio de Trabajo para regularizar la situación de los riders conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de numerosos órganos judiciales de menor rango. El decreto ley que dará cauce al pacto se aprobará de forma inminente y entrará en vigor en 90 días, tiempo de gracia concedido a las empresas para dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social a los trabajadores.

Pero esta propuesta está lejos de poner punto y final a la espinosa cuestión de los falsos autónomos. Organizaciones y abogados consultados por Crónica Global señalan que existen al menos tres formas jurídicas distintas que las compañías podrían utilizar para sortear la presunción de laboralidad de sus plantillas. Aunque deberían demostrar, caso por caso y de forma argumentada, que sus repartidores operan efectivamente por cuenta propia. "

"...Teresa Ezquerra (Abencys) coincide en este punto: "Las cooperativas han sido muy perseguidas porque la Administración considera que todos los ciudadanos deben tributar a partir de determinados ingresos". "Desde el punto de vista de la seguridad social --continúa--, se entiende que cualquier persona que presta un servicio debe estar dada de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)". Por otro lado, algunas de las condiciones de actividad bajo estas cooperativas --como el criterio de exclusividad en la elección de clientes-- complicaría su generalización."...

ENLACE AL ARTÍCULO COMPLETO EN CRONICA GLOBAL 12 marzo 2021