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La continuidad de los ERTE no garantiza la viabilidad de las empresas. Teresa Ezquerra

Esta medida, que parece pretender ser la encargada de asegurar la solvencia empresarial, puede dificultar la toma de decisiones y el manejo de la plantilla.

Nos preguntamos si esta medida, que al principio de la pandemia fue fundamental, sigue siendo necesaria para asegurar la continuidad de las empresas, o si, por el contrario se revela como una herramienta insuficiente que en algunos casos pueda ser un arma de doble filo que esté enmascarando tejidos empresariales muy dañados.

Es un buen momento para que los empresarios analicen qué situación está atravesando su empresa y traten de implantar, a tiempo, las medidas oportunas, por vía de los mecanismos previstos en el Estatuto de los Trabajadores. Los empresarios deben conocer los diversos tipos de ERTE a los que una empresa se puede enfrentar. En primer lugar, la suspensión de la relación laboral, que supone la necesidad de suspender a parte o totalidad de la plantilla. En segundo lugar, puede darse la reducción de la jornada o los ERTES mixtos en los que parte de la plantilla se encentra en suspensión de contrato de trabajo y otra en una reducción de jornada.

El empresario debe afrontar la situación real de liquidez que atraviesa su compañía y, en caso de revelarse necesario, acogerse, sin demora, a las distintas vías de amparo que ofrece el Texto Refundido de la Ley Concursal, desde los acuerdos de refinanciación o el acuerdo extrajudicial de pagos, hasta la solicitud del concurso, ya sea con convenio o con liquidación. Y en este último caso, la extinción de los contratos de trabajo con arreglo a la Ley Concursal.

En definitiva, los empresarios deben tener en cuenta qué opciones tienen para salvar la solvencia de su entidad, así como las consecuencias que le supondría cada una. Solo así se podrá llegar a la mejor solución que afecte lo menos posible a la estructura de la organización y que, además, consiga evitar consecuencias que pueden agravar la situación.

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